Gratificación en julio: ¿A quiénes les corresponde y cuánto?

Así trabajes para una empresa o ya te encuentres en tu etapa de emprendedor, es crucial que sepas todo lo que concierne al pago de gratificaciones. Y es que por Fiestas Patrias, las empresas están obligadas por ley a realizar el depósito de gratificaciones a sus trabajadores y tienen como plazo máximo hacerlo hasta el 15 de julio.

El socio CPC César Córdova del Estudio Contable Villa Muzio & Asociados, explicó a quiénes les corresponde el pago de gratificaciones, así como cuánto debe ser el monto de las mismas.

¿Quiénes tienen derecho a la gratificación?

Todos los trabajadores en planilla, ya sea contratados a tiempo indefinido, plazo fijo o tiempo parcial tienen derecho a recibir su gratificación, pero siempre y cuando hayan laborado por lo menos un mes.

A los trabajadores del régimen general, deben recibir el 100% de la gratificación considerando sus días laborados.

En relación al régimen especial el monto de la gratificación es la siguiente: En el caso de las trabajadoras del hogar, deben recibir el 50% de su remuneración mensual; en el sector agrario y acuícola, la cantidad es igual a una remuneración mínima diaria; las pequeñas empresas, tendrán que entregar media remuneración y las microempresas, no están obligadas a realizar este pago, según normativa vigente. El monto se considerará también en base a sus días laborados

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 ¿Cómo calcular el monto?

Para calcular el monto de la gratificación, se debe considerar la remuneración del trabajador al 30 de junio.  Si el empleado ha laborado todo el semestre, la ‘grati’ equivale a una remuneración íntegra.

Por otro lado, si el tiempo de servicios es menor, la gratificación se reducirá proporcionalmente, teniendo en cuenta para su cálculo los meses y los días laborados en el semestre.  Ojo, para calcular la gratificación también se considera  como tiempo laborado al descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones, descansos por accidente de trabajo remunerado, entre otros.

Y, ¿qué sucede con las personas que trabajan mediante comisiones? Igual tienen derechos. En este caso, si el trabajador ha venido percibiendo comisiones, el monto de la gratificación se calcula sobre la base del promedio percibido en los últimos seis meses anteriores al 15 de Julio.

Si el trabajador ha percibido horas extras, éstas formarán parte del cómputo de la gratificación, como promedio semestral, si es que recibió este concepto como mínimo tres meses consecutivos y/o no consecutivos.

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¿Qué pasa si el trabajador deja de laborar antes del pago gratificaciones?

Si esto ocurre, el trabajador recibirá la denominada gratificación trunca, la cual asciende a 1/6 de la remuneración computable por mes calendario completo laborado en el semestre. Los días de labor no se pagan. Por ejemplo, si el trabajador cesó el 31 de enero, debió percibir 1/6 de su remuneración en su liquidación de beneficios sociales.

¿Se pueden realizar descuentos a las gratificaciones?

El empleador no puede efectuar descuento alguno salvo que se trate del impuesto a la renta, exista un mandato judicial (juicio por alimentos) o la autorización escrita del trabajador.

¿Qué sucede si el empleador no paga la ‘grati’ a sus trabajadores?

Si el empleador no paga el íntegro de la gratificación o lo hace fuera del plazo, supone una infracción grave, pudiendo los empleadores ser multados por la Sunafil hasta por la suma de S/. 197,500 en caso de régimen general y en el caso de pequeña empresa, hasta S/. 39, 500 . Además de los intereses legales laborales por la falta de pago del beneficio desde el día 16 de julio hasta la fecha efectiva de pago.

¿Está afecta la gratificación a  los descuentos de AFP y/o ONP, además de aporte a EsSalud?

Según la última normativa, el concepto de gratificación no está afecto a descuentos de AFP y/o ONP; adicionalmente, el aporte que hacía la empresa a EsSalud (9%) será pagado al trabajador como bonificación extraordinaria.

Por último, recuerda que debes cumplir con tus obligaciones laborales. De esa forma, tus empleados sabrán que están trabajando en una empresa responsable y además, evitarás que se te impongan multas. En el caso que seas tú el empleado y no percibes tu gratificación, puedes hacer tu denuncia a través de Sunafil.

En caso desees conocer más sobre planillas o gestión de personal, puedes comunicarte con el Estudio Contable Villa Muzio & Asoc., al correo info@estudiocontablevmc.pe o a los teléfonos 480 0719.

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