¡Ojo! Estas nuevas medidas de la Sunat beneficia a los pequeños negocios

Una buena noticia para los emprendedores que tienen un pequeño negocio y que muchas veces se han visto impedidos de desarrollarlo por exigencias tributarias. Se trata de medidas emitidas durante 12 meses por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) y que acaban de ser difundidas en el diario oficial El Peruano.

Las medidas de la Sunat beneficiará a muchos contribuyentes, pero principalmente a personas naturales con negocio y a pequeños empresarios ya que no se sancionará con multas ni cierre de establecimientos en determinados casos. A continuación te brindamos las disposiciones del ente recaudador:

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  1. Ya no se clausurará establecimientos de los contribuyentes con el Nuevo RUS que no hayan emitido comprobantes de pago o cuando dicha omisión se origina porque no están inscritos en el RUC. Tampoco se les sancionará cuando no exhiban libros, registros u otros documentos.
  1. No se sancionará con cierre de establecimiento a las personas cuyas ventas anuales no superen las 150 UIT (592,500 soles) por la no emisión de comprobantes de pago. La suspensión de esta sanción está vigente hasta el 31 de diciembre del 2016.
  1. No se multará a los contribuyentes con ventas o compras a las media UIT (1,950 soles) cuando no cumplan con presentar las declaraciones determinativas o informativas dentro de los plazos establecidos. En su lugar, se les está notificando un plazo adicional para subsanar la omisión.
  1. Igualmente ya no se están aplicando multas a las personas que perciban rentas de Quinta Categoría (trabajadores dependientes), cuando no se hayan presentado a las citaciones para esclarecer inconsistencias o lo hagan fuera del plazo de lo legal.
  1. No se sanciona a los contribuyentes que estaban obligados a llevar libros electrónicos desde noviembre de 2008 y no lo hicieron oportunamente, o los activaron con retraso, siempre que se regularicen antes del 30 de setiembre de este año y aún no hayan sido notificados de la infracción.

Para aquellos obligados a partir del 1 de enero de este año, el plazo de regularización vencerá el 31 de diciembre del 2016.

¿Qué busca la Sunat con estas medidas?

La Sunat indicó que estas disposiciones se enmarcan en su “compromiso de aumentar la transparencia de sus disposiciones internas para evitar sanciones que afecten la economía de los contribuyentes y los alejen de la formalización”.

Asimismo, reiteró que está en pleno proceso de cambio para mejorar prioritariamente su servicio a los contribuyentes y usuarios del comercio exterior.

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