Pago de utilidades: entérate aquí cuánto es lo que recibirás

El pago de utilidades es un derecho reconocido por la Constitución Política del Perú. Pero debes tener en cuenta que hay empresas que están obligadas a repartir utilidades y, otras no.

Las empresas que deben repartir utilidades y no lo hacen, están sujetas a multas. Por eso, si eres empleador, esta información te servirá para que cumplas con tu deber; y si eres trabajador, entérate si te corresponde o no recibir utilidades. Si es que sí, ¿cuánto y cuándo te toca?

El laboralista César Puntriano, director del Área Laboral de PwC, explicó a través del diario Gestión, toda la información necesaria sobre el pago de utilidades. Presta atención:

¿Qué empresas están obligadas a pagar?

Las obligadas a pagar son las empresas privadas  de tercera categoría. Además deben de contar con más de 20 trabajadores. En esa línea, están excluidas las microempresas con 20 trabajadores, las cooperativas, empresas autogestionarias y sociedades civiles.

¿Quiénes son los trabajadores con derecho a recibir utilidades?

La recibirán los empleados que cumplan la jornada máxima establecida en la empresa, así cuenten con contrato indefinido o sujeto a modalidad.

¿Cuánto es lo que te corresponde?

Esto depende del tipo de actividad productiva de la empresa. Por ejemplo, las compañías pesqueras, industriales y  de telecomunicaciones distribuyen el 10% de su renta neta; las mineras, comerciales y restaurantes distribuyen el 8%; y las empresas que realizan otras actividades, deben repartir el 5%.

¿Cómo debes calcular lo que te corresponde?

Se calcula en función al sueldo que recibes y los días laborados.

En lo que se refiere a la remuneración, se considera para el cálculo el integro de lo recibes por tus servicios, en dinero o en especie. Ten en cuenta, sin embargo, que no forman parte del cálculo las gratificaciones extraordinarias, los vales de alimentos, las condiciones de trabajo, la asignación por educación, entre otros.

Los días laborados se entiende a aquéllos en los cuales has cumplido efectivamente la jornada ordinaria de la empresa.

¿Cuándo tienes que recibir el pago de utilidades?

La empresa deberá abonarte dentro de 30 días, después de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta.

Por último, recuerda que las empresas están obligadas a entregar utilidades no solo a sus empleados, sino también a sus ex empleados que hayan trabajado dentro del periodo en que se generaron los beneficios, según indica la web de El Comercio.

Además, si la empresa no cumple con entregarte utilidades, tienes un plazo de cuatro años para interponer una demanda ante la  Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

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